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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto que grava las ganancias obtenidas por las personas en sus distintas fuentes (Rendimientos de Trabajo, Rendimientos de capital Mobiliario e Inmobiliario, Rendimientos de Actividades Económicas, Ganancias Patrimoniales). Una buena planificación fiscal puede derivar en que su cuota tributaria (“lo que coloquialmente decimos: tengo que pagarle a hacienda”) se vea sustancialmente minorada.

Estudiamos sus particularidades y decidimos cual es la mejor opción para que su coste fiscal sea el menor posible.

EMPRESARIOS INDIVIDUALES:

La vigente ley de Renta nos permite elegir entre tres modalidades para determinar el rendimiento de una actividad económica: Estimación directa normal, Estimación directa simplificada, y Estimación objetiva.

Teniendo en cuenta la actividad que va a desarrollar, los empleados que va a tener, y los locales o vehículos empleados, estudiamos cuál de las tres modalidades es la mejor de cara a obtener la carga tributaria más beneficiosa para el contribuyente.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El impuesto sobre Sociedades grava, al igual que el Impuesto sobre la Renta, los rendimientos obtenidos por las sociedades mercantiles y otro tipo de entidades que son sujetos de este impuesto. Es necesaria una buena planificación para minorar la carga fiscal de las empresas y entidades sujetas a este impuesto.

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

El óbito de cualquier persona provoca el devengo del Impuesto sobre Sucesiones. Este tributo grava las propiedades que el causante poseía en el momento de su fallecimiento.

Una buena planificación fiscal puede minorar la carga fiscal. Existen diversas deducciones por vivienda habitual, empresa familiar, seguros de vida. Esto añadido a que los primeros 125.000 € están exentos de tributación, nos puede llevar a que la fiscalidad de este impuesto sea muy distinta si se planifica con antelación.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.

El impuesto indirecto por excelencia, provoca en nuestro sistema legislativo multitud de dudas en su aplicación. Que esas dudas no sean un problema.

Resolvemos cualquier consulta relacionada con este impuesto en el tiempo más corto posible.

Estudiamos todo tipo de operaciones inmobiliarias, para ver como influye la fiscalidad en las mismas. Si están sujetas o no al Impuesto sobre el Valor Añadido o si los intervinientes son empresarios, la posibilidad de renunciar a la exención.

IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO.

Este impuesto grava la titularidad de los distintos bienes de los que somos propietarios. Existen diversas formas de reducir la presión fiscal de este impuesto con una buena planificación. Las empresas familiares gozan de importantes beneficios fiscales si cumplen las condiciones establecidas en su legislación.

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS

Como bien indica su nombre, este impuesto grava las distintas transmisiones de bienes muebles e inmuebles y derechos, así como aquellos actos de contenido económico, inscribible en cualquier registro público.

Este impuesto es competencia de la Xunta de Galicia, y en la mayoría de las ocasiones efectúan comprobaciones de valor que incrementa la base imponible declarada en escritura por el sujeto pasivo, y por tanto, proceden a reclamar una cuota tributaria muy superior.

Nuestro despacho está especializado en esta materia, con una amplia experiencia en esta materia, obteniendo resultados muy beneficios para nuestros clientes.