Exención de los Pactos de Mejora Gallegos en el IRPF

La Dirección General de Tributos en sus consultas vinculantes V043017, V0575-17 y V1225-17 nos informa de:

“Por tanto, y siguiendo la jurisprudencia expuesta, procede modificar el criterio que esta Dirección General había venido manteniendo hasta ahora y pasar a considerar incluidos en el ámbito del artículo 33.3 b) de la Ley 35/2006 —“se estimará que no existe ganancia o pérdida patrimonial con ocasión de transmisiones lucrativas por causa de muerte del contribuyente”— la transmisión de bienes a través del pacto sucesorio de apartación regulado en el capítulo III, “De los pactos sucesorios’, del título X, “De la sucesión por causa de muerte’, de la Ley de Derecho Civil de Galicia”

http://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V0430-17

http://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V0575-17

http://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V1225-17